BUSCARRIL

Buscarril es un transporte ferroviario de pasajeros, subvencionado por el Gobierno de Chile con el propósito de mejorar la accesibilidad de los habitantes de las localidades intermedias entre Talca y Constitución.

Solo los pasajeros residentes en las localidades de la ruta Buscarril (debidamente identificados con su tarjeta Residente) tienen cupos asegurados, otros pasajeros podrán viajar dependiendo de la disponibilidad de cupos accediendo por orden de llegada, siempre respetando la prioridad que poseen los pasajeros Residentes.

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El ramal Talca - Constitución: Tren del Maule

Inserto en lo más profundo del Chile rural, el recorrido de 88 kms. del Ramal Talca – Constitución, bordea la ribera norte del río Maule por aproximadamente tres horas, recorriendo las comunas de Talca, Maule, Pencahue y Constitución.

Han pasado más de cien años y el paisaje en torno al Ramal Talca - Constitución no ha sufrido el paso del tiempo. Lo invitamos a recordar el pasado y las tradiciones rurales a bordo de este Buscarril, herencia viva de un territorio de valor histórico y cultural único.

Ramal O Buscarril?

Llamamos Ramal a la línea férrea secundaria, que se origina desde una red ferroviaria principal. En el caso del Ramal Talca- Constitución es un trazado ferroviario de vía única y trocha métrica.

En cambio, el Buscarril es un tipo de vehículo ferroviario de pasajeros, que se utilizó en varias partes del mundo a mediados del siglo XX, principalmente en vías de bajo tráfico.

Un viaje muy particular

El servicio de Buscarril Ramal Talca–Constitución cuenta con un subsidio al transporte público que busca mejorar la conectividad de las localidades ubicadas próximas al Ramal que no tienen otra alternativa de movilización. Por esta razón, la prioridad de transporte la tienen los residentes locales. Para mayor información llame al teléfono 600-585 5000 (call center).

Tarifas

Tarifas

Compra

Compra tu pasaje en la boletería de Talca 11 Oriente n°1000 de 7:00 a 19:30 hrs.

Normativa

Compra de boletos

  • El boleto debe ser revisado por el cliente en el momento de su compra, la empresa no admitirá reclamos posteriores.
  • El boleto es al portador, la empresa no se hace responsable de su extravío.

Boletos

  • El boleto debe ser conservado durante todo el trayecto hasta la salida de las estaciones.
  • El boleto debe ser presentado cuantas veces sea requerido por el personal autorizado.

Embarque

  • El pasajero deberá presentarse antes de la salida del tren con anticipación de 30 minutos.
  • El abandono o pérdida del tren invalidará el pasaje sin derecho a reembolso ni cambio a otro servicio.

Equipaje

  • Solamente se permitirá EQUIPAJE DE MANO, considerado como aquel que contiene solamente los efectos personales necesarios para el viaje y que están dentro de las medidas establecidas por la empresa como equipaje de mano (70 centímetros x 40 centímetros x 40 centímetros). Todo equipaje que contenga artículos de valor que superen las 5 UTM deberán ser declarados, en la oficina de Atención a Clientes y/o conductores respaldando los artículos con boleta y/o factura. La empresa no responde por pérdida o hurto de equipaje o por deterioro de artefactos electrónicos aun cuando estos estén siendo utilizados en trayecto.

Viaje con animales

  • Sólo se permitirá el ingreso al tren de perros guías para personas con discapacidad, acompañando a su titular. El animal puede viajar junto al pasajero, con arnés identificatorio y credencial que lo acredita como tal.

Prohibiciones

  • Forzar la apertura o impedir el cierre de las puertas.
  • Hacer uso indebido de los mecanismos de emergencia.
  • Mantener actividades o efectuar acciones que puedan perturbar a los pasajeros y alterar el orden público, tales como actividades lucrativas, artísticas, etc. sin autorización de la empresa.
  • Subir o bajar del tren, en movimiento.
  • Ingresar en las cabinas de conducción de los trenes, locomotoras u otras secciones del motor, material rodante o instalaciones reservadas para uso exclusivo del personal de la empresa.
  • Consumir bebidas alcohólicas, sustancias de abuso o fumar al interior de los coches y en las estaciones de acuerdo a lo establecido en la legislación vigente.
  • Todo comportamiento de riesgo que implique peligro para la integridad física propia o de los demás pasajeros o pueda considerarse molesto u ofensivo para éstos o para el personal de la empresa.
  • Transportar cargas peligrosas: materiales explosivos, inflamables, corrosivos, reactivos, radiactivos, residuos biológicos.